Leo en la pàgina 9 del Diario de Jerez de hoy lunes que Urbanismo vuelve a parar una obra de 19 viiendas para salvaguardar los derechos de luces y vistas de una guarderia ubicada en el barrio de Madre De Dios.
y curiosamente segun dice la noticia , el propio Crisol, Delegado de urbanismo comprobò en persona el pasado viernes como estaba afectando las obras a tapiar esas ventanas de la guarderìa , sin mantener la distancia fijada por ley y por el juez tras ganar un interdicto los propietarios de la guarderìa.Por lo que ordenò paralizar la obra.
¡ Que suerte , que envidia me da saber esto¡. Un compi de partido en aquel entonces asesor de Urbanismo con la alcaldesa a de regidora de los arcos y se cree un informe tecnico y otro juridico que le presenta Pâcheco para dar visto bueno a una barbaridad de ampliacion que me pone una tapia a metro y medio de dos ventanas de mi exsoleda casa. Y me responden que hay una sentencia del tribunal supremo de 1996 que prohibe tener en cuenta cuestiones de caracter civil a la hora de dar licencias de obra perjudiciales para el colindante. Que estrictos fueron( y fue Crisol) con mi caso y que auxiliador esta ahora con la guarde.
Hace un par de semanas coincidì con el delegado de urbanismo en una celebracion del dia del voluntariado.Tras preguntarle por cositas pendientes de la zona geografica de mi asociacion vecinal(la polemica sobre la unidad urbanistica de conservacion en casco urbano) me cambiò de tema y fue a preguntarme el porque no me habìa metido en un interdicto civil en el caso de la ampliacion cpon licencia de la GMU( expediente OMY-2005/186 expediente de obra mayor de la unifamiliar C/Cabo dePeñas 21 En residencial Camino de Espera segunda fase).como no le pude responder en su dia por la avalancha de vecinos que nos interrumpian la conversacion , le quiero decir que la razon fundamental es el parnè. Yo creo que con las normas reguladoras en la mano , me refiero a las servidumbres de luces y vistas de los art.580 al 585 del codigo civil tenia muchas posibilidades de parar la obra y demas . Pero era un 60% de ganar pero ese 40% de posibilidades de perder era costosisimo( 600 euros por dia de paralizacion de la obra mas gastos de costas). Y ante ese riesgo me paralicè ante la prepotencia y el saneado bolsillo del vecino con quien me la jugaba.
La via de hacer las normativa de la Ley de Propiedad Horizontal me la jugò el profesional asesor señor administrador de fincas que ademas de vecino ,no apreciò la unanimidad necesaria y que obliga el art.13 de la LPH por afectar al titulo constitutivo las obras y contrariamente considerar esta ampliacion erauna SIMPLE Mejora. Acabo de plantear una alegacion al PGOU donde se exija ese acuerdo del vecino colindante para hacer ampliaciones de este calibre.
y que si no se quiere pedir requisitos civiles que tampoco se pida las escrituras de propiedad de la casa del solicitante.ESE REQUISITO ES MUY CIVIL y simple lo piden . Que cuando hay ganas de joder se pregunta : ¿ Como es que no te gastaste el futuro de tus hijos en ir a los tribunales por lo civil? Se me quedò una cara de tonto, fue imposible responderle. ¿lo entienden ustedes?.
Estimado Crisol te invito a NO ver el sol que entra en mi casa tras la dichosa licencia vuestra.


1 comentario:
Crisol el mejor y el más sensible con los débiles de todos los delegados municipales,vamos que deberian darle Bienestar social.
Pepeleche
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