que coraje , que coraje.
Acabo de ver colgado en la pàgina de la GMU el convenio de El Ayuntamiento con Hipercor para la ampliacion.Remite a que se hagan alegaciones en los 20 dias despues de su publicaciòn , desde el 24 de agosto )asi que ya no cabe.
QUe coraje , que coraje. Espero no haya habido mala fe en esto de la publicidad en internet.
No obstante inistiremos en que nos dejen en la GMU por lo menos ver el texto y planos de la modificacion que plantea Hipercor , algo que no debe de afectar aL bosque de pinos que hay.
Os dejo el texto
SUBDIRECCIÓN DESARROLLOS URBANÍSTICOS
ÁREA GESTIÓN PATRIMONIAL
ANUNCIO
El Excmo. Ayuntamiento-Pleno de Jerez de la Frontera en sesión celebrada el día 26 de Julio de 2007, acordó aprobar el convenio urbanístico de Planeamiento para la Revisión del Plan General de Ordenación Urbanística suscrito con la entidad mercantil Hipercor, S.A..
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30.2 de la Ley 7/2.002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, la Administración de la Junta de Andalucía y los Ayuntamientos, actuando en el ámbito de sus respectivas competencias y de forma conjunta o separada podrán también suscribir con cualesquiera personas, públicas o privadas, sean o no propietarias de suelo, convenios urbanísticos relativos a la formación o innovación de un instrumento de planeamiento.
En cumplimiento de lo dispuesto en el referido artículo, a continuación se explicitan las condiciones esenciales del convenio urbanístico, suscrito con la entidad mercantil Hipercor, S.A., tras su tramitación administrativa.
INTERVINIENTES
La GERENCIA MUNICIPAL DE URBANISMO del Excmo. Ayuntamiento de Jerez de la Frontera en consideración a su condición de Administración Urbanística Actuante.
La entidad mercantil HIPERCOR, S.A., en su condición de propietaria de la finca registral nº 29.569, y promotor de la gestión urbanística del ámbito de actuación de la Unidad de Ejecución 10.1B “El Altillo”.
NATURALEZA JURÍDICA DEL CONVENIO
Convenio urbanístico de formación o innovación del planeamiento urbanístico, Su negociación, tramitación, celebración y cumplimiento se rige por los principios de transparencia y publicidad de conformidad con la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.
OBJETO
Convenio Urbanístico de innovación de planeamiento al objeto de participar activamente en el proceso de revisión del Plan General Municipal de Ordenación de Jerez de la Frontera vigente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley 7/2002 de 17 de Diciembre. La naturaleza jurídica de estos convenios será administrativa y sólo tendrán el efecto de vincular a las partes para la iniciativa y tramitación del pertinente procedimiento sobre la base del acuerdo respecto de la oportunidad, conveniencia y posibilidad de concretas soluciones de ordenación, y en ningún caso vincularán a las Administraciones Públicas en el ejercicio de sus potestades.
ÁMBITO
Ámbito denominado Unidad de Ejecución 10.1B “El Altillo” de Jerez de la Frontera.
Por todo ello se somete a información pública el expediente administrativo de referencia, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 8/2007, de 28 de mayo, de Suelo, pudiendo ser examinado durante el plazo de veinte días, en el Área de Gestión Patrimonial de la Gerencia Municipal de Urbanismo de Jerez de la Frontera (Plaza del Arenal, 17 “Edif. Los Arcos”) por cuantas personas estén interesadas en ello a fin de formular las alegaciones que estimen pertinentes.
En Jerez de la Frontera a veinticuatro de Agosto de 2007.
EL GERENTE


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